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Acta de la Declaración de la Independencia Argentina
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<blockquote data-quote="patitofeliz" data-source="post: 638274" data-attributes="member: 195005"><p style="text-align: center"><span style="font-size: 12px">Acta de la Declaración de la Independencia Argentina</span></p> <p style="text-align: center"><span style="font-size: 12px">9 de julio de 1816</span></p> <p style="text-align: center"><span style="color: Blue"></span></p> <p style="text-align: center"><span style="color: Blue"></span></p><p><span style="color: Blue">En la benemérita y muy digna Ciudad de san Miguel de Tucumán a nueve días del mes de Julio de mil ochocientos diez y seis. Terminada la sesión ordinaria el Congreso de la Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto, y sagrado objeto de la independencia de los Pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España; los Representantes, sin embargo consagraron a tan arduo toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, la de los Pueblos representados y la de toda la posteridad. A su término fueron preguntados: Si querían que las Provincias de la Unión fuesen una Nación libre e independiente de los Reyes de España y su Metrópoli Aclamaron primero llenos del santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraban sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del País, fijando en su virtud la determinación siguiente:</span></p><p><span style="color: Blue">Nos los Representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los Pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo, la justicia que regla nuestros votos: Declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas Provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los Reyes de España, recuperar los derechos que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una Nación libre e independiente del Rey Fernando VII sus sucesores y Metrópoli quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio</span></p><p><span style="color: Blue">del respeto que se debe a la Naciones, detállense en un Manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración.</span></p><p><span style="color: Blue">Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros Diputados Secretarios.</span></p><p></p><p><a href="http://www.elortiba.org/doc/acta_independencia.pdf">http://www.elortiba.org/doc/acta_independencia.pdf</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="patitofeliz, post: 638274, member: 195005"] [CENTER][SIZE=3]Acta de la Declaración de la Independencia Argentina[/SIZE] [SIZE=3]9 de julio de 1816[/SIZE] [COLOR=Blue] [/COLOR][/CENTER] [COLOR=Blue]En la benemérita y muy digna Ciudad de san Miguel de Tucumán a nueve días del mes de Julio de mil ochocientos diez y seis. Terminada la sesión ordinaria el Congreso de la Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto, y sagrado objeto de la independencia de los Pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio entero por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España; los Representantes, sin embargo consagraron a tan arduo toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, la de los Pueblos representados y la de toda la posteridad. A su término fueron preguntados: Si querían que las Provincias de la Unión fuesen una Nación libre e independiente de los Reyes de España y su Metrópoli Aclamaron primero llenos del santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraban sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del País, fijando en su virtud la determinación siguiente: Nos los Representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los Pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo, la justicia que regla nuestros votos: Declaramos solemnemente a la faz de la tierra que, es voluntad unánime e indudable de estas Provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los Reyes de España, recuperar los derechos que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una Nación libre e independiente del Rey Fernando VII sus sucesores y Metrópoli quedan en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo el seguro y garantía de sus vidas haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a la Naciones, detállense en un Manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración. Dada en la sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros Diputados Secretarios.[/COLOR] [URL]http://www.elortiba.org/doc/acta_independencia.pdf[/URL] [/QUOTE]
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