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Cambio de trabajo, puedo pedir indemnización?
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<blockquote data-quote="vgroup" data-source="post: 399105" data-attributes="member: 1"><p>Según tengo entendido, en cuanto a lo laboral, si acusás a alguien de que laburabas con él en negro, el tiene que probar su inocencia, y no vos su culpabilidad.</p><p></p><p>[code]</p><p>La ley 24.013 - Normativa - Requisitos.</p><p></p><p>Artículo 8. El empleador que no registrare una relación laboral abonará al trabajador afectado una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación, computadas a valores reajustados de acuerdo a la normativa vigente. En ningún caso esta indemnización podrá ser inferior a tres veces el importe mensual del salario que resulte de la aplicación del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976).</p><p>[/code]</p></blockquote><p></p>
[QUOTE="vgroup, post: 399105, member: 1"] Según tengo entendido, en cuanto a lo laboral, si acusás a alguien de que laburabas con él en negro, el tiene que probar su inocencia, y no vos su culpabilidad. [code] La ley 24.013 - Normativa - Requisitos. Artículo 8. El empleador que no registrare una relación laboral abonará al trabajador afectado una indemnización equivalente a una cuarta parte de las remuneraciones devengadas desde el comienzo de la vinculación, computadas a valores reajustados de acuerdo a la normativa vigente. En ningún caso esta indemnización podrá ser inferior a tres veces el importe mensual del salario que resulte de la aplicación del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (t.o. 1976). [/code] [/QUOTE]
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