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Valuaciones oficiales de autos para bienes personales.
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<blockquote data-quote="anclari" data-source="post: 1883281" data-attributes="member: 171625"><p><span style="font-size: 15px"><strong><span style="color: #ff0000">Publicaron las valuaciones oficiales de autos para Bienes Personales.</span></strong></span></p><p></p><p></p><p>La AFIP <a href="http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=S&f=20130308&i=1"><strong>publicó un listado</strong></a> en el que establece los <strong>valores mínimos oficiales </strong>que deberán declarar los contribuyentes en sus declaraciones juradas de <strong>Bienes Personales</strong> por los autos, ahorros en moneda extranjera e inversiones bursátiles y financieras.</p><p></p><p></p><p>La declaración jurada <strong>es obligatoria </strong>para quienes el año pasado cobraron, en bruto, más de 96.000 pesos y para todos aquellos cuyos bienes (departamentos, autos, ahorros, inversiones) superen los 305.000 pesos. <strong>También es obligatoria para todos los que alguna vez tuvieron que presentarla</strong>, más allá de a cuánto hayan ascendido sus ingresos en el 2012 o de a cuánto estén valuados hoy sus bienes.</p><p></p><p></p><p>Como otros impuestos, el piso a partir del cuál se debe tributar el impuesto a los Bienes Personales y los ingresos desde los cuáles es obligatorio hacer la declaración jurada <strong>se actualizó en los últimos años a tasas mucho más bajas que las de la inflación y el aumento de sueldos</strong>. Por eso, tanto el impuesto como la obligación de presentar la declaración jurada <strong>abarcan cada vez a más personas</strong>.</p><p></p><p></p><p>En la declaración jurada deben declararse, entre otros, los inmuebles ubicados en el país y el extranjero (a su valor de compra menos un coeficiente de actualización o a su valor fiscal, el que sea más alto), los autos y motos, las participaciones accionarias en empresas y los ahorros en moneda local y extranjera, y otros objetos personales e inversiones.</p><p></p><p></p><p>Lo que hoy hizo público la AFIP, a través de la Resolución General 3446 (publicada como anexo del Boletín Oficial), es el listado de valuaciones mínimas de autos, motos, camiones y otros vehículos automotores y las cotizaciones a las que se deben declarar los ahorros en moneda extranjera; los valores de las acciones, Obligaciones Negociables, Títulos Públicos y participaciones en Fondos de Inversión locales.</p><p></p><p></p><p><a href="http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=S&f=20130308&i=1"><strong>Las valuaciones y cotizaciones oficiales publicadas por la AFIP</strong></a></p><p></p><p><span style="font-size: 10px"><em></em></span></p><p><span style="font-size: 10px"><em>Fuente: Diario Clarin</em></span><span style="font-size: 10px"><em>8 de Marzo del 2013</em></span></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="anclari, post: 1883281, member: 171625"] [SIZE=4][B][COLOR=#ff0000]Publicaron las valuaciones oficiales de autos para Bienes Personales.[/COLOR][/B][/SIZE] La AFIP [URL="http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=S&f=20130308&i=1"][B]publicó un listado[/B][/URL] en el que establece los [B]valores mínimos oficiales [/B]que deberán declarar los contribuyentes en sus declaraciones juradas de [B]Bienes Personales[/B] por los autos, ahorros en moneda extranjera e inversiones bursátiles y financieras. La declaración jurada [B]es obligatoria [/B]para quienes el año pasado cobraron, en bruto, más de 96.000 pesos y para todos aquellos cuyos bienes (departamentos, autos, ahorros, inversiones) superen los 305.000 pesos. [B]También es obligatoria para todos los que alguna vez tuvieron que presentarla[/B], más allá de a cuánto hayan ascendido sus ingresos en el 2012 o de a cuánto estén valuados hoy sus bienes. Como otros impuestos, el piso a partir del cuál se debe tributar el impuesto a los Bienes Personales y los ingresos desde los cuáles es obligatorio hacer la declaración jurada [B]se actualizó en los últimos años a tasas mucho más bajas que las de la inflación y el aumento de sueldos[/B]. Por eso, tanto el impuesto como la obligación de presentar la declaración jurada [B]abarcan cada vez a más personas[/B]. En la declaración jurada deben declararse, entre otros, los inmuebles ubicados en el país y el extranjero (a su valor de compra menos un coeficiente de actualización o a su valor fiscal, el que sea más alto), los autos y motos, las participaciones accionarias en empresas y los ahorros en moneda local y extranjera, y otros objetos personales e inversiones. Lo que hoy hizo público la AFIP, a través de la Resolución General 3446 (publicada como anexo del Boletín Oficial), es el listado de valuaciones mínimas de autos, motos, camiones y otros vehículos automotores y las cotizaciones a las que se deben declarar los ahorros en moneda extranjera; los valores de las acciones, Obligaciones Negociables, Títulos Públicos y participaciones en Fondos de Inversión locales. [URL="http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?s=S&f=20130308&i=1"][B]Las valuaciones y cotizaciones oficiales publicadas por la AFIP[/B][/URL] [SIZE=2][I] Fuente: Diario Clarin[/I][/SIZE][SIZE=2][I]8 de Marzo del 2013[/I][/SIZE] [/QUOTE]
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